Pincha aquí para acceder a la información de cursos de Lengua de Signos del año académico 2010/11 ¿Qué es la Lengua de Signos? La Lengua de Signos es la “Lengua natural y propia de las personas sordas” La proposición no de Ley aprobada por el Pleno del Parlamento de Andalucía el 25 de septiembre de 2003 El Estatuto de autonomía para Andalucía, en su Capítulo III, artículo 37, apartado 6, cita como derecho: “El uso de la lengua de signos y las condiciones que permitan alcanzar la igualdad de las personas sordas que opten por esta lengua, que será objeto de enseñanza, protección y respeto.”, el 2 de mayo de 2006 El congreso de diputados aprobó la Ley 27/2007 que reconoce y regula las lenguas de signos españolas y autonómicas, y los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, el 28 de junio de 2007. Esta ley supone un avance histórico para el colectivo de personas sordas de nuestro país, y va a tener repercusiones importantes en todos los ámbitos sociales. De modo especial, la nueva ley traerá importantes cambios en la educación de las personas sordas, pues, tal y como señala el artículo 10: "Las administraciones educativas facilitarán a las personas usuarias de las lenguas de signos españolas su utilización como lengua vehicular de la enseñanza en los centros educativos que se determinen." Por ello, y de acuerdo con el modelo de educación bilingüe también contemplado en la citada ley, es fundamental que todos los profesionales implicados en la enseñanza de los alumnos sordos (especialmente los maestros de Educación Especial y de Audición y Lenguaje) conozcan esta lengua. |
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